
REQUISITOS PARA POSTULARSE COMO CANDIDATA O CANDIDATO AL CONSEJO LOCAL DE DISCAPACIDAD
La Alcaldía Local de Sumapaz invita a la comunidad a participar activamente en la conformación del próximo Consejo Local de Discapacidad. Esta instancia busca garantizar la participación efectiva de las personas con discapacidad en la toma de decisiones locales que impacten directamente su calidad de vida. A continuación, se detallan los requisitos y documentos necesarios para postularse como candidato o candidata:
Requisitos:
1. Edad mínima: Tener al menos 14 años, según lo establecido en el artículo 45 de la Ley 1622 de 2013. Se debe presentar el documento de identidad.
2. Residencia en la localidad: Tener domicilio actual en Sumapaz. Para acreditarlo, se debe presentar un certificado de residencia con fecha de expedición no mayor a dos meses.
3. Vínculo con la localidad: Demostrar participación en actividades laborales, educativas o comunitarias en Sumapaz, mediante un certificado expedido por la Junta de Acción Comunal (JAC) o la Alcaldía Local.
4. Propuesta de trabajo: Presentar una propuesta de trabajo clara y concreta, que será de obligatorio cumplimiento en caso de resultar electo/a. Esta debe entregarse en formato físico o digital, conforme al formato oficial que puede solicitarse en la Alcaldía Local.
5. Certificado de discapacidad: Aportar un documento que acredite el tipo de discapacidad que se representa, de acuerdo con la Resolución 1197 de 2024.
6. Consentimiento informado (menores de edad): Los aspirantes entre 14 y 17 años deben presentar el consentimiento informado y de uso de imagen firmado por el padre, madre, acudiente o cuidador. Este formato será suministrado por la Alcaldía Local.
7. Manifestación voluntaria de candidatura: Presentar el formato oficial de manifestación voluntaria para la postulación, el cual será entregado por la Alcaldía Local. Alcaldía Local.
8. Aval de una organización de personas con discapacidad: Contar con el respaldo de una organización debidamente constituida, según lo contemplado en el Decreto 1350 de 2018.
Requisitos de las organizaciones que otorgan el aval:
Conforme al Decreto 1350 de 2018, las organizaciones que respalden candidaturas deben cumplir con las siguientes condiciones:
● Estar conformadas por personas naturales domiciliadas en la misma localidad.
● Contar con un mínimo de 20 asociados para el caso de localidades del Distrito Capital.
● En el caso de organizaciones que representen a personas con discapacidad intelectual, múltiple o sordoceguera, el mínimo será de 10 asociados.
Documentación que deben suministrar al candidato/a:
1. Acta de Asamblea o Junta Directiva: Documento donde certifique el otorgamiento del aval, acompañado del registro de asistencia a la reunión.
2. Carta de presentación: Firmada por el representante legal, en la que se certifique el sector representado, número de afiliados, cobertura y nombre del candidato/a.
3. Listado de asociados: Incluyendo nombres completos, número de documento de identidad y datos de contacto (correo electrónico o teléfono).
4. Certificado de existencia y representación legal: Vigente y con fecha de expedición no mayor a tres meses.
Requisitos y documentos para inscribirse como votante:
● Tener mínimo 14 años, de acuerdo con lo previsto en el artículo 45 de la Ley 1622 de 2013. Por lo tanto, deberá aportar el documento de identidad.
● Tener, al momento de la inscripción, domicilio en la localidad. Por esta razón, deberá presentar el certificado de residencia con fecha de expedición no mayor a dos meses.
● Presentar la certificación de discapacidad, según lo dispuesto en la Resolución 1197 de 2024.
● En caso de que el o la votante del sector de personas con discapacidad cognitiva o múltiple así lo requiera, deberá contar con la asistencia de su red de apoyo.
● Cada persona con discapacidad no podrá ser representada más de una vez para votar.
● En el caso específico de quienes se inscriban como votantes para el sector de discapacidad cognitiva, tienen la opción de hacerlo como personas con discapacidad cognitiva o como padres, madres o familiares (hasta cuarto grado de consanguinidad, segundo de afinidad o primero civil) de personas con discapacidad cognitiva. Deberán tener, como mínimo, un hijo o familiar con dicha condición y anexar, conforme a la Resolución 1197 de 2024, el certificado de discapacidad del/de la representado/a por este sector.
* En caso de necesitar algún ajuste razonable, puedes comunicarte al número 316 507 7376 o al correo sectecnicacldsumapaz@gmail.com
| Nombre | Descripción | Tamaño |
| requisitos_para_postularse_como_candidato_al_consejo_local_de_discapacidad.pdf | REQUISITOS PARA POSTULARSE COMO CANDIDATA O CANDIDATO AL CONSEJO LOCAL DE DISCAPACIDAD | 114.16 KB |